miércoles, 19 de octubre de 2011

Por protestar pacíficamente son detenidas más de 27 personas 'indignadas' en Tijuana

Cencos México D.F., 19 de octubre de 2011
CCDH del Noroeste
En la madrugada del 18 de octubre, entre las 02:00 y 02:30 hrs., un grupo de aproximadamente 75 agentes policíacos, algunos de ellos encapuchados y sin identificación oficial, presuntamente pertenecientes a corporaciones federales, estatales y municipales, detuvieron a 27 personas, 20 hombres, 6 mujeres y un menor, en el plantón permanente que éstas instalaron en el camellón de la Av. Paseo de los Héroes, Zona del Río en Tijuana (sin interferir el tráfico de vehículos y peatones), para protestar pacíficamente, a la par que otras movilizaciones en el mundo, por los grupos denominados “Los Indignados”.
Los detenidos fueron señalados por violar las disposiciones del Bando de Policía y Gobierno del municipio de Tijuana, en la modalidad de “pernoctar en la vía pública” y por hacer sus necesidades fisiológicas en la misma; incluso, fueron acusados de posesión de drogas y presentados a esa hora al Juez Cívico en turno en la Estancia Municipal para Infractores ubicada en la Vía Rápida, conocida también como “La 20”, quien les impuso multas superiores a los mil pesos y a otros les permuto la sanción por trabajo comunitario.
Esta acción concertada por los tres órdenes de gobierno violó los derechos humanos de las y los manifestantes, quienes ejercían su legítimo derecho de reunión y asociación que ampara el Artículo 9º. Constitucional, que a la letra dice: “No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito (…). No se considerará ilegal y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee”.
Además, se violó lo establecido en el Artículo 16 de la Carta Magna, que señala: “Nadie podrá ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
A la vista, las autoridades violaron estos principios constitucionales, ya que no se trataba de personas que se encontraban en ese lugar de manera casual o de paso, de delincuentes o criminales, o que pusieran en riesgo la integridad de las personas y de instituciones públicas y privadas, sino ejerciendo sus legítimos derechos consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales.
Es preocupante que la autoridad civil reaccione de esta manera ante las protestas de la ciudadanía, agravio que se suma al clima de violencia e inseguridad que vive la entidad y el país. Ignoramos los motivos que orillaron a las autoridades a reprimir el derecho de asociación y de reunión, pero es notorio que hubo concertación entre los tres órdenes de gobierno para ejecutar el operativo de desalojo de las y los manifestantes.

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